Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado

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-ISSSTE

En los últimos tiempos, mucho se ha hablado del Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado, pero poco se sabe de sus antecedentes y de su historia, del marco legal que lo sustenta como una institución de seguridad social y de la misión que tiene con los trabajadores del Estado.

En este momento, como es de su conocimiento, al igual que la mayoría de las instituciones de seguridad social en el mundo, estamos enfrentando importantes desafíos derivados de la transformación que hemos sufrido con los cambios demográficos y epidemiológicos de la población mexicana y, en especial, de la población derechohabiente del Instituto.

Es por esta razón que se hace más importante mencionar que el ISSSTE es, y seguirá siendo, pilar del patrimonio de muchos trabajadores y derechohabientes en lo que a la seguridad social mexicana se refiere, por lo que me enorgullece, hoy y siempre, formar parte de su historia y ayudar a consolidar a nuestro querido Instituto.


-MISIÓN DEL ISSSTE

Contribuir al mejoramiento de los niveles de bienestar integral de los trabajadores al servicio del Estado, pensionados, jubilados y sus familiares derechohabientes, mediante el oportuno y eficiente otorgamiento de los servicios :

Médicos
Prestaciones económicas, sociales y culturales
Vivienda
Tiendas y Farmacias
Servicios Turísticos

-VISIÓN DEL ISSSTE
Nuestra derechohabiencia deberá contar con servicios acordes a sus necesidades y expectativas, normados bajo códigos de calidad y calidez que permitan generar valores y prácticas para la mejora sostenida de bienestar y calidad de vida, en las áreas económica, de salud, vivienda, formación y actualización; así como una diversificación de las actividades en materia de deporte, cultura y recreación.

 

-Historia del ISSSTE

En nuestro país, los esfuerzos para conformar un cuerpo sólido de prestaciones, en respuesta a las necesidades de la clase trabajadora, han tenido en el Estado a un promotor consciente de rica tradición histórica.

Durante el tiempo en que Benito Juárez fue presidente de la República, los rasgos distintivos de la seguridad social se concentraron casi exclusivamente en cuestiones de orden asistencial, como el sostenimiento de la Escuela de Ciegos, en 1871, para lo cual el régimen juarista cedió a la institución parte del Ex Convento de la Encarnación y 15% del producto de las loterías.

En el ámbito legislativo, antes de la Revolución Mexicana, no son muchos los antecedentes que den cuenta de intentos formales y organizados de protección a los trabajadores. Hubo no obstante, en los estados de la Federación -México en 1904 y Nuevo León en 1906- leyes muy similares en su contenido, las cuales reconocían los accidentes de trabajo y apuntaban a la responsabilidad patronal en la indemnización derivada de los mismos.

En 1911, Francisco I. Madero incluyó en su programa como candidato a la Presidencia de la República el compromiso de expedir leyes sobre pensiones e indemnizaciones por accidentes de trabajo. Por aquella misma época, el incipiente movimiento obrero se fortaleció con la fundación de la Casa del Obrero Mundial (1912), núcleo aglutinador por medio del cual diferentes corrientes políticas y sociales intentaban incidir en los cambios estructurales de las relaciones entre patrones y trabajadores.

A la caída del gobierno de Madero en 1913, y en su afán de legitimación de un régimen insostenible, Victoriano Huerta presentó al Congreso una propuesta de decreto que recogía inquietudes reales de la clase trabajadora, como la fijación de salarios mínimos y la formación de la Junta de Conciliación, entre otras, pero la iniciativa nunca prosperó, dado lo efímero del régimen huertista.

Durante el turbulento periodo que siguió, las diferentes fuerzas revolucionarias trataron de reglamentar las condiciones de los trabajadores. De esta época destacan las propuestas sobre seguridad social contenidas en el Plan de Guadalupe, expedido en 1913, y las cláusulas y adiciones que en tal sentido se le agregaron el año siguiente.

Es hasta 1917, al promulgarse la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que los derechos de los trabajadores son reconocidos y quedan protegidos con auténtica fuerza de ley máxima.

La Constitución otorgó a la seguridad social carácter ineludible al incorporarla al artículo 123, con la obligación patronal de proporcionar a los trabajadores, pensiones, habitaciones cómodas e higiénicas, escuelas, enfermerías y otros servicios. Resaltó además la obligatoriedad de la capacitación y la prerrogativa de los trabajadores a organizarse para garantizar estos derechos.

Cabe destacar que los empleados de las instituciones públicas fueron los que inicialmente promovieron la integración de agrupaciones con fines mutualistas o de protección social y laboral.

En la década de los veinte del siglo pasado, el crecimiento acelerado de la economía y la consolidación del Estado hicieron necesaria la promulgación de leyes, así como la creación de instituciones que sostuvieran con su estructura los diversos aspectos del bienestar social. Surgió así, por ejemplo, el proyecto de la Ley de Accidentes Industriales (1922), cuya aportación novedosa consistía en prever la creación de una caja de riesgos profesionales.

Además, por ley, algunos empleados gozaban de antemano de garantías de seguridad como fue el caso del Servicio Exterior Mexicano y Correos, y a partir de 1924 la Ley de Organización de Tribunales del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales disponía "que los magistrados, jueces y oficiales que no gozaran de fortuna tuvieran derecho a ser pensionados".

Lo anterior, muestra un avance de la previsión social, puesto que marca con una promulgación el primer esfuerzo de aplicación concreta de postulados, ideas, teorías e inquietudes dispersas a lo largo de décadas del México revolucionario.

Sin embargo, persistía el hecho de que un buen grupo de empleados públicos se encontraban al margen de los beneficios de la seguridad social que apenas estaba en proceso de gestación. La preocupación gubernamental por unificar prestaciones y servicios, así como garantizar el acceso a todos los trabajadores del Estado, dio por resultado que el 12 de agosto de 1925 se promulgara la Ley General de Pensiones Civiles y de Retiro.

La finalidad de la Ley era estructurar un sistema en virtud del cual el propio trabajador, con la ayuda del Estado, contribuyera a la formación de un fondo sobre el cual gravitaría el otorgamiento de pensiones y préstamos hipotecarios.

En esta Ley se contemplaban las pensiones por vejez e inhabilitación, y las pensiones para los deudos del trabajador que a causa de sus labores perdía la vida; además se ofrecía la pensión de retiro a los 65 años de edad y después de 15 años de servicio. Asimismo, una vez hecho el pago de pensiones y los gastos de administración del Fondo de Pensiones, se empleaban los excedentes para otorgar préstamos hipotecarios hasta por 5 mil pesos para adquisición o construcción de casa habitación y hasta 15 mil para compra de tierras de cultivo y su habilitación. Los préstamos eran pagaderos a cinco y diez años, respectivamente. Se concedían además créditos hasta por 3 mil pesos para establecer o explotar pequeñas industrias; también se destinaban fondos para la construcción de casas y departamentos para venta y renta a pensionados y funcionarios. La Ley estipuló 9% anual como tasa mínima de interés.

DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES CIVILES Y DE RETIRO (1925-1959)

Predecesora del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, fue la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro. Esta Dirección, como organismo público descentralizado con atribución pública y personalidad jurídica propia, nació en la vida jurídica de México mediante la expedición de la Ley de Pensiones Civiles y de Retiro el 12 de agosto de 1925. El proyecto original fue formulado por una comisión integrada por los señores Maximiliano Chabert, licenciado Miguel S. Macedo, licenciado Mario de la Fuente y Mario Guasp.

La primera Junta Directiva de la nueva institución se integró con los señores licenciado Rafael I. Hernández, doctor Alfonso Pruneda, Guilebaldo Elías, José A. Castillón, Julio Azcárate y Carlos Arellano, fungiendo como presidente el licenciado Hernández y como secretario el señor Gregorio M. Arriaga.

El primer titular de la Dirección General de Pensiones Civiles fue el señor Maximiliano Chabert, quien tomó posesión el 16 de octubre de 1925.

En ese periodo de iniciación se comenzó a estructurar y a organizar la Dirección de Pensiones y para el efecto se crearon las oficinas que se estimaron necesarias, entre ellas una Subdirección y los departamentos de Pensiones, Contabilidad, Préstamos, Ingenieros y Estadísticas, así como la Caja, ocupándose como sede de la institución la casa ubicada en la esquina de Uruguay e Isabel la Católica.

Trece años después, el1 de noviembre de 1938, surgió la Federación de Sindicatos de los Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE), que en ese mismo año promulgó su Estatuto Jurídico. Con ello se daba a los trabajadores del Estado personalidad jurídica propia y se garantizaba la seguridad en el empleo y la libre asociación para la defensa de sus intereses.

La Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro ocupó durante algún tiempo el edificio del Banco LACUD ubicado en la calle de Capuchinas, y a partir de 1926 cambió su centro de operaciones a las oficinas de avenida Hidalgo.

Posteriormente se inauguró, en 1945, la nueva sede en avenida Juárez y Lafragua (antes ejidos), frente a la Plaza de la República. Este edificio fue acondicionado para satisfacer las necesidades de la Dirección y en el mismo inmueble se instaló un Jardín de Niños, una Guardería Infantil, las oficinas del Sindicato de Pensiones y una Escuela Primaria.

El 5 de marzo de 1946 se expidió una nueva Ley de Pensiones Civiles, pero su vigencia fue suspendida por el Congreso y sólo se aplicó a los trabajadores del magisterio y a los veteranos de la revolución.

Hacia el año de 1947, la Ley de Pensiones sufrió reformas significativas orientadas a extender la gama de prestaciones, mejorar la calidad de las ya existentes e incorporar el régimen de la seguridad social a un mayor número de trabajadores y organismos públicos.

Entre las reformas se establecía que la edad para recibir las pensiones sería de 55 años con un mínimo de 15 de servicio. También se ampliaban los seguros de vejez, invalidez, muerte, orfandad y viudez, así como los montos para préstamos hipotecarios.

A partir de esta Ley, parte de los fondos de pensiones fueron canalizados a la construcción de colonias burocráticas dentro y fuera del Distrito Federal, tales como las unidades habitacionales "Presidente Juárez" con 984 departamentos y el "Centro Urbano Presidente Alemán" con 1,080 departamentos; este último fue inaugurado en 1949.

En lo que se refiere a los servicios médicos, se amparaba por primera vez a los trabajadores al servicio del Estado, cubriendo únicamente accidentes laborales a través de servicios subrogados a hospitales particulares.

NACIMIENTO DEL ISSSTE

En 1959 se transforma y adiciona el apartado B del artículo 123 constitucional, donde se incorporan las garantías que el Estatuto Jurídico de la FSTSE había planteado para los servidores públicos.

El mismo año, con motivo del XXI aniversario de la expedición de dicho Estatuto, en una ceremonia en el Palacio de Bellas Artes, el presidente Adolfo López Mateos anunció que presentaría al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley que daría origen al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la cual fue discutida, aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1959, por lo que la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro se transforma, en 1960, en el ISSSTE.

Las palabras con las que se refirió a la Ley el entonces presidente de la República no dejan lugar a duda acerca de la relevancia que para el Ejecutivo tenía la creación del ISSSTE.

La única forma de lograr una eficaz protección social es establecer obligatoriamente la inclusión de todos los servidores públicos en los beneficios de la Ley, pues de otra manera no se protegería a los grupos económicamente más débiles y que más requieren de los servicios que se implantan.
En estas condiciones puedo afirmar que queda la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado como una de las más favorables y tutelares en el mundo...

La Ley del ISSSTE se constituía en México como la primera en responder a una visión integral de la seguridad social, cubriendo tanto asistencia a la salud, como prestaciones sociales, culturales y económicas, cuyos beneficios se extendían y se extienden a los familiares de los trabajadores.

En 1960, el ISSSTE amparaba a 129 mil 512 trabajadores, 11 mil 912 pensionistas y 346 mil 318 familiares, es decir, un total de 487 mil 742 derechohabientes beneficiados con las 14 prestaciones que marcaba la nueva Ley.

Seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad.
Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Servicios de reeducación y readaptación de inválidos.
Servicios para elevar los niveles de vida del servidor público y su familia.
Promociones que mejoren la preparación técnica y cultural, y que activen las formas de sociabilidad del trabajador y su familia.
Créditos para la adquisición en propiedad de casas o terrenos y construcción de moradas destinadas a la habitación familiar del trabajador.
Arrendamiento de habitaciones económicas propiedad del Instituto.
Préstamos hipotecarios.
Préstamos a corto plazo.
Jubilación.
Seguro de vejez.
Seguro de invalidez.
Seguro por causa de muerte.
Indemnización global.

De esta manera, con la Ley del ISSSTE, algunas prestaciones que habían sido complementarias pasaron a ser obligatorias para el Instituto.

El patrimonio del ISSSTE se integró principalmente con las propiedades, derechos y obligaciones que formaban parte de la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro, así como con sus fuentes de financiamiento.

La organización interna del Instituto en aquel entonces se conformó con dos órdenes de gobierno: la Junta Directiva (con participación del Estado y de la FSTSE) y la Dirección General de la cual dependían tres subdirecciones.

Subdirección de Servicios Médicos
Subdirección de Pensiones y Préstamos
Subdirección Administrativa

Contaba además con seis asesorías técnicas, configuradas como departamentos, que auxiliaban a la Dirección General en sus funciones.

Departamento de Servicios Sociales
Departamento Jurídico
Departamento de Arquitectura y Planeación
Caja General
Auditoría Interna
Contaduría General
En el renglón de atención a la salud se ampliaron los beneficios; ahora se cubrían los seguros de enfermedades profesionales y no profesionales, de maternidad, accidentes de trabajo y readaptación de inválidos.
Para desempeñar sus funciones, el Instituto empezó con la adquisición de unidades hospitalarias privadas, mismas que, aunque contribuyeron a satisfacer la demanda inicial de servicio, requirieron desde el principio de numerosas adaptaciones o ampliaciones.

De esta forma, en agosto de 1960, el ISSSTE inició la construcción de las tres primeras clínicas en el Distrito Federal y compró el Centro Hospitalario 20 de Noviembre, con capacidad de 600 camas.

Este nosocomio cubrió las necesidades de hospitalización y urgencias que antes se subrogaban; además, se incorporaron algunas unidades médicas provenientes de diversas dependencias centrales, como las que operaban la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Sindicato del Magisterio y el Sistema SCOP (Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas).

El Instituto integró bajo la denominación "Servicios Sociales" un conjunto de prestaciones que se caracterizaban por apoyar socialmente al asegurado y su familia, básicamente a través de la atención a niños en guarderías, renta y venta de departamentos en desarrollos multifamiliares, prestación de servicios funerarios y apoyo en general a la economía familiar.
Así, en 1960 había tres guarderías -hoy Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil- en las que se atendía un total de 465 niños; y se contaba además con una tienda ubicada en el Distrito Federal.

Tres años después se darían más cambios. El Estatuto Jurídico de los trabajadores al servicio del Estado quedó abrogado el 28 de diciembre de 1963, y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, se incluyeron los seguros, servicios y prestaciones establecidos en el capítulo de la seguridad social como contraprestación de la relación laboral con el Estado.

El 8 de septiembre de 1965 la Junta Directiva aprobó el primer reglamento interior del ISSSTE que plasmaba su organización y funcionamiento. Antes de esa fecha, el Instituto se regía únicamente por las disposiciones contenidas en la Ley, las que, por su índole, no era posible aplicar a las funciones de los diversos órganos del ISSSTE, recurriendo para complementarlas a las costumbres, al sentido común y al deseo de los funcionarios encargados de aplicarlas.

Este reglamento, con vigencia de 1965 a 1983, no sufrió cambios y por lo tanto la estructura del Instituto que rigió durante ese periodo tampoco tuvo variaciones formales en su conformación orgánica, integrada por cuatro subdirecciones:

Prestaciones Médicas, Prestaciones Sociales, Prestaciones Económicas y Administrativas; así también, del Director General dependían directamente un Coordinador General, dos unidades asesoras (de Financiamiento y de Organización, Desarrollo y Normas), tres departamentos (de Relaciones Públicas y Prestaciones Varias, de Auditoría, Jurídico y de Arquitectura y Planeación), una Comisión de Compras y tres oficinas (de Colonias, Prensa y Quejas), además de las delegaciones regionales.

SITUACIÓN ACTUAL

Marco Jurídico y Objetivo

El ISSSTE, creado por decreto presidencial el 30 de diciembre de 1959, es un organismo descentralizado con administración, personalidad jurídica y patrimonio propio, éste último conformado por las aportaciones que los trabajadores hacen quincenalmente por dos conceptos fundamentales:

Fondo de pensiones
Servicio médico y maternidad
A ello se suman las aportaciones que hace el Gobierno Federal en los mismos conceptos por cada uno de sus empleados.
La administración del ISSSTE está presidida por una Junta Directiva, principal órgano rector integrado por cinco representantes del Gobierno Federal y cinco de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, además del propio Director General.
Es facultad del Ejecutivo Federal designar tanto al Director General como al presidente de la Junta Directiva, mientras que los representantes gubernamentales deberán ser los titulares de las secretarías de Salud, de Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social, de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública.

La Junta Directiva es la autorizada para nombrar y remover al personal de confianza del primer nivel del Instituto, a propuesta del Director General, sin prejuicio de las facultades que al efecto le delegue.

Este órgano rector aprueba, entre otras cosas, el presupuesto, la orientación programática, la organización administrativa y funcional del ISSSTE y, desde luego, supervisa el gasto, operación y funcionamiento institucional.El operador es el Director General, máxima autoridad administrativa del ISSSTE y responsable directo de su buen funcionamiento.

La personalidad jurídica del Instituto está dotada, como ya se vio, por el acuerdo presidencial que le dio origen; luego se encuentra jurídicamente reglamentado por la Ley del ISSSTE, que es un instrumento jurídico emanado del Poder Legislativo de observancia general que lo faculta para hacer las retenciones respectivas de los salarios de los trabajadores del Estado y lo obliga a proporcionar bienestar social a éstos y a sus familiares derechohabientes.

La organización y funcionamiento del Instituto está regulada por varios instrumentos, así, la Junta Directiva tiene su propio Reglamento, pero el marco normativo de mayor importancia para el funcionamiento de la institución es el Estatuto Orgánico, mecanismo jurídico que determina la forma de organización administrativa y faculta a los diferentes órganos que la integran a desarrollar sus funciones, ya sean médicas, deportivas, culturales, económicas, de investigación o recreación, para conformar el concepto de seguridad social para los trabajadores al servicio del Estado.

Actualmente el ISSSTE ha celebrado convenios con gobiernos estatales y organismos públicos descentralizados para ofrecer seguridad social a sus trabajadores. Atiende a más de dos millones de trabajadores y a más de cuatro derechohabientes por trabajador en promedio, con lo que en este momento son más de diez millones de mexicanos beneficiados.

Porque su principal función es la seguridad social, el Instituto se sustenta en el derecho constitucional a la protección de la salud de los servidores públicos, por lo que está obligado a dar cumplimiento a la Ley General de Salud y a todo el marco normativo inherente a su función primordial.

Principales Fondos que Integran al ISSSTE:

Administración
Ahorro para el retiro
Médico
Pensiones
Préstamos
Préstamos personales
Riesgos de trabajo
Servicios sociales y culturales
Vivienda

Los fondos son los que cubren el conjunto de 21 seguros, prestaciones y servicios previstos por la Ley del ISSSTE en favor de los trabajadores al servicio del Estado.

Prestaciones Médicas, Económicas, Sociales y Culturales

El ISSSTE ampara y protege actualmente a sus derechohabientes mediante el otorgamiento de 21 seguros, prestaciones y servicios:

1. Medicina preventiva
Garantiza, cuida y preserva la salud de los trabajadores y sus familiares, así como de los pensionados.
2. Seguro de enfermedades y maternidad
Brinda atención médica de diagnóstico, quirúrgica y hospitalaria, así como farmacéutica y de rehabilitación que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad o embarazo de los trabajadores, familias y pensionados.

3. Servicios de rehabilitación física y mental
Otorga atención a pacientes con algún tipo de enfermedad o discapacidad que afecte al sistema locomotor, así como a pacientes con afección o deficiencia mental.

4. Seguro de riesgos de trabajo
Cubre el seguro cuando ocurran accidentes y enfermedades a las que están expuestos los trabajadores en el ejercicio de su actividad cotidiana.

5. Seguro de jubilación
Garantiza el pago de pensiones a todos los trabajadores que cumplan 30 años o más de servicio y a las trabajadoras con 28 años o más.

6. Seguro de retiro por edad y tiempo de servicio
Pensiona a aquellos trabajadores que cumplan 55 años de edad y que tengan 15 años de servicio como mínimo e igual tiempo de cotización al Instituto.

7. Seguro de invalidez
Otorga este seguro a aquellos trabajadores que se inhabiliten física o mentalmente por causas ajenas al desempeño de su empleo, siempre y cuando hayan cotizado al Instituto cuando menos durante 15 años.

8. Seguro por causa de muerte
Cubre este seguro en caso de deceso por motivos ajenos al servicio, siempre y cuando el trabajador haya cotizado al Instituto más de 15 años, o fallecido después de los 60 años de edad con un mínimo de diez años de cotización.

9. Seguro de cesantía en edad avanzada
Brinda protección al trabajador que decida retirarse voluntariamente del servicio o quede privado de trabajo remunerado después de los 60 años de edad y haya cotizado al Instituto cuando menos 15 años.

10. Indemnización global
Indemniza a aquellos trabajadores que sin tener derecho a ningún tipo de pensión se separen definitivamente del servicio.

11. Servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil
Procura el desarrollo armónico e integral de los hijos de las trabajadoras del Estado en las Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil.

12. Servicios integrales de retiro a jubilados y pensionistas
Garantiza los servicios médicos y prestaciones económicas y en especie a los trabajadores del Estado en retiro.

13 y 14. Vivienda y arrendamiento
Brinda la oportunidad de obtener vivienda digna mediante el arrendamiento o venta de habitaciones económicas pertenecientes al Instituto, además de préstamos hipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisición de casas-habitación, construcción, reparación, ampliación o mejoras a las mismas; así como para el pago de pasivos adquiridos por este concepto.

15. Préstamos a mediano plazo
Apoya la economía familiar a través de financiamiento de préstamos para la adquisición de bienes de uso duradero.

16. Préstamos a corto plazo
Otorga préstamos en efectivo a los trabajadores que por algún motivo requieran de liquidez.

17. Tiendas y farmacias
Contribuye a mejorar la calidad de vida del servidor público y familiares derechohabientes a través de tiendas y farmacias que cuenten con productos de calidad a precios competitivos.

18. Servicios turísticos
Ofrece precios accesibles e instalaciones adecuadas para la recreación.

19. Actividades culturales y deportivas
Atiende las necesidades básicas de los trabajadores y sus familias como son promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y recreación.

20. Servicios funerarios
Proporciona servicios funerarios a precios accesibles.

21. Sistema de Ahorro para el Retiro
Aumenta los recursos a disposición del trabajador al momento de su retiro.

.........
INFRAESTRUCTURA BÁSICA DEL ISSSTE

Población derechohabiente 10,295,082
Estancias de bienestar y desarrollo infantil 137
Tiendas 265
Farmacias 116
Velatorios 7
Panteones 1
Agencias turísticas 38
Hoteles y balnearios 2
Talleres para jubilados 98
Centro Geriátrico 1
Centro de convivencia para jubilados y pensionados 1
Comedores 11
Centros de capacitación 38
Centros culturales 74
Centros deportivos 9
Bibliotecas 61
Teatros 2
Foro 1
Clínicas de medicina familiar 94
Clínicas de especialidades 14
Unidades de medicina familiar 926
Consultorios auxiliares 105
Clínicas-hospital 71
Hospitales generales 24
Hospitales regionales 10
Centro Médico Nacional 1
Centro de Cirugía Ambulatoria 1
Estancia Temporal para Enfermos de los Estados 1
Consultorios 5,430
Laboratorios 209
Quirófanos 293
Camas censables 6,778
Camas de tránsito 2,986
Fuente: Subdirección de Planeación Financiera y Evaluación Institucional. Subdirección General de Finanzas del ISSSTE


DIRECTORES GENERALES

Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro (1925-1959)
SR. MAXIMILIANO M. CHABERT
Del 16 de octubre de 1925 al 28 de octubre de 1930
SR. COSME HINOJOSA
Del 28 de octubre de 1930 al 28 de abril de 1932

GRAL. JOSÉ MARÍA TAPIA
Del 28 de abril de 1932 al 10 de septiembre de 1932

LIC. ROMEO ORTEGA
Del 10 de septiembre de 1932 al 26 de marzo de 1935

SR. ENRIQUE LICKENS
Del 26 de marzo de 1935 al 9 de diciembre de 1940

PROFR. AURELIO MANRIQUE
Del 9 de diciembre de 1940 al 7 de septiembre de 1945

SR. ADOLFO DE LA HUERTA
Del 6 de febrero de 1946 al 5 de diciembre de 1946

LIC. ESTEBAN GARCÍA DE ALBA
Del 6 de diciembre de 1946 al 13 de enero de 1953

LIC. NICOLÁS PIZARRO SUÁREZ
Del 13 de enero de 1953 al 13 de diciembre de 1959

LIC. NICOLÁS PIZARRO SUÁREZ
Del 1 de enero de 1960 al 9 de diciembre de 1964

LIC. RÓMULO SÁNCHEZ MIRELES
Del 9 de diciembre de 1964 al 7 de diciembre de 1970

PROFR. EDGAR ROBLEDO SANTIAGO
Del 7 de diciembre de 1970 al 8 de septiembre de 1975

C.P. SALVADOR SÁNCHEZ VÁZQUEZ
Del 8 de septiembre de 1975 al 6 de diciembre de 1976

PROFR. CARLOS JONGUITUD BARRIOS
Del 6 de diciembre de 1976 al 12 de febrero de 1979

LIC. CARLOS SANSORES PÉREZ
Del 12 de febrero de 1979 al 28 de noviembre de 1979

DR. CARLOS RIVA PALACIO VELASCO
Del 28 de noviembre de 1979 al 30 de noviembre de 1982

DR. ALEJANDRO CARRILLO CASTRO
Del 2 de diciembre de 1982 al 1 de diciembre de 1988

LIC. EMILIO LOZOYA THALMANN
Del 1 de diciembre de 1988 al 4 de enero de 1993

ING. GONZALO MARTÍNEZ CORBALÁ
Del 4 de enero de 1993 al 2 de diciembre de 1994

LIC. MANUEL AGUILERA GÓMEZ
Del 2 de diciembre de 1994 al 5 de abril de 1997

LIC. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Del 5 de abril de 1997 al 13 de mayo de 1998

LIC. SOCORRO DÍAZ PALACIOS
Del 13 de mayo de 1998 al 2 de diciembre de 2000

LIC. BENJAMÍN GONZÁLEZ ROARO
Del 2 de diciembre de 2000 al 31 de marzo de 2006

LIC. ENRIQUE MORENO CUETO
Del 05 de abril al 02 de diciembre de 2006

LIC. MIGUEL ÁNGEL YUNES LINARES
02 de diciembre de 2006

Felipe Calderon

Enrique Peña Nieto

Enrique Peña Nieto nació en Atlacomulco, Estado de México, el 20 de julio de 1966, es un politico y abogado mexicano.

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Jaime Parada Avila

Jaime Parada Ávila

Cursó estudios de especialización en México y en el extranjero en las áreas de: Planeación Estratégica, Sistemas de Calidad, Sistemas de Manufactura, Investigación y Desarrollo Tecnológico, Administración de Tecnología, entre otros.

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